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Anulación de 5 conciertos educativos en Galicia por escolarizar a estudiantes de un único sexo

El Tribunal Supremo anula los conciertos de educación de la Xunta de Galicia a 5 centros privados de las provincias de A Coruña y Pontevedra, que escolaricen a menores de un único sexo. Las escuelas afectadas son Peñarredonda, Montespiño, Aloya, Las Acacias y Montecastelo.

El Supremo anula la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Galicia (TSJG) que confirmó la validez de la concesión de ayudas a los centros docentes privados en 2009. La decisión se ha basado en el artículo 84.3 de la Ley Orgánica de Educación, exponiendo que “en ningún caso habrá discriminación por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social“.

La magistrada, María del Pilar Teso Gamella, declara que lo que se cuestiona en la enseñanza segregada es que reciba las subvenciones públicas propias de los conciertos educativos. En la resolución se añade que “el mandato legal, en definitiva, descarta que la enseñanza separada, por razón de sexo, pueda acogerse al sistema de enseñanza gratuita de centros concertados sostenidos con fondos públicos“.

 

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