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Las empleadas de hogar entran en el régimen de la Seguridad Social

Será posible desde el 1 de enero de 2012 gracias al acuerdo entre el Gobierno y los sindicatos CC.OO. y UGT. Este pacto sólo afectará a las cuestiones relacionadas con cotizaciones y prestaciones pero no a otros aspectos como la protección por desempleo, que deberá desarrollarse en un reglamento.

El texto pactado establece un plazo transitorio de 6 meses para que las empleadas y los titulares de hogares familiares puedan adaptarse a la nueva situación con lo que la integración será plena a partir del 1 de julio de 2012 y se fija un `período transitorio` hasta 2019 para que la adaptación no sea lesiva para los empleadores ni tenga consecuencias sobre el empleo.

Según lo acordado, las personas que trabajen como empleadas de hogar al ser dadas de alta en la Seguridad Social deben tener, en primer lugar, un contrato en el que se fije el número de horas de trabajo semanales, el salario mensual o por hora, el salario en especie, si existe pacto de horas de presencia o de pernoctación y su retribución y el número de cuenta bancaria del titular del hogar familiar donde domiciliar la cotización.

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