Galicia

El TSXG confirma la discriminación salarial a una fisioterapeuta del Sergas y obliga a equiparar su sueldo

Realizaba las mismas funciones que sus compañeros de Atención Primaria y debe cobrar lo mismo, con efecto retroactivo

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El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha ratificado la sentencia que reconoció la discriminación salarial sufrida por una fisioterapeuta de un centro de salud del área sanitaria de Pontevedra-Salnés frente a otros profesionales del Servizo Galego de Saúde (Sergas) que desempeñaban idénticas funciones.

Cobrar lo mismo que sus compañeros de Atención Primaria…con carácter retroactivo

La resolución judicial confirma el fallo previo del Juzgado Contencioso-Administrativo número 1 de Pontevedra, que anuló la decisión del Sergas de denegar la equiparación retributiva. El tribunal reconoce el derecho de la profesional a percibir las mismas retribuciones complementarias que los fisioterapeutas de Atención Primaria desde el inicio de su contrato, en octubre de 2023, y condena a la administración sanitaria a abonarle las diferencias salariales con carácter retroactivo.

El origen del conflicto se remonta a la clasificación contractual de la trabajadora como “fisioterapeuta de Área”, categoría con menor complemento salarial que la de “fisioterapeuta de Atención Primaria”, pese a que realizaba la misma cartera de servicios, atendía a la misma población y trabajaba en el mismo centro de salud que sus compañeros. El TSXG subraya que la propia administración ha reconocido que la finalidad específica de esa categoría diferenciada ha fracasado en la práctica, ya que ambos puestos desarrollan funciones idénticas.

Otros dos fisioterapeutas reclaman lo mismo

El sindicato SATSE, cuyos servicios jurídicos apoyaron la demanda, valora que la sentencia pone fin a una situación que vulneraba el principio de igualdad retributiva en el Sergas y perjudicaba de forma arbitraria a la profesional. La organización destaca además que el fallo puede servir de base para otros casos similares en el área sanitaria, donde al menos otros dos fisioterapeutas mantienen litigios por la misma causa.

La sentencia recuerda que la Ley 2/2015 de empleo público de Galicia establece que el complemento de puesto debe ser igual en trabajos con condiciones y exigencias semejantes, principio reforzado por la jurisprudencia del Tribunal Supremo que permite a empleados públicos reclamar la equiparación salarial por funciones idénticas. La demandante invocó en su recurso el artículo 14 de la Constitución, relativo al derecho a la igualdad, y el Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud.

Tras la confirmación del TSXG, SATSE confía en que los procedimientos judiciales en curso sobre fisioterapeutas del Sergas con funciones equiparables obtengan resoluciones favorables sin necesidad de llegar a instancias superiores.


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