El Tribunal Supremo ha rechazado el recurso presentado por Audasa, concesionaria de la autopista AP-9, contra la resolución que la obligaba a devolver parte de los peajes cobrados durante las obras de ampliación de la ponte de Rande. En una providencia firme, el alto tribunal descarta que se haya vulnerado el derecho a la tutela judicial efectiva, tal y como sostenía la empresa.
Los magistrados señalan que la concesionaria no ha justificado la supuesta lesión de derechos fundamentales y advierten de que “la invocación formal de un derecho constitucional no permite promover este incidente excepcional para intentar reabrir una controversia ya resuelta”. Por este motivo, el Supremo inadmite el incidente de nulidad de actuaciones presentado por Audasa y aclara que contra esta providencia no cabe recurso.
Miles de usuarios pueden recuperar las cantidades cobradas indebidamente…más intereses
La asociación En-Colectivo, una de las entidades impulsoras de las reclamaciones, celebró la decisión judicial y calificó el intento de Audasa como una “maniobra” dilatoria. Según la organización, el Supremo “desmonta de forma contundente” el argumento de la concesionaria y deja claro que el procedimiento se desarrolló con todas las garantías legales, sin vulneración alguna de derechos fundamentales.
Desde En-Colectivo subrayan que esta resolución refuerza la solidez jurídica de la sentencia y consolida el derecho de miles de usuarios a recuperar las cantidades cobradas indebidamente, junto con los intereses correspondientes. La asociación confía en que la devolución de los peajes se produzca de manera inmediata.
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“El rechazo del recurso supone un paso muy importante y envía un mensaje claro: las sentencias están para cumplirse y los derechos de la ciudadanía deben ser respetados”, afirmó Diego Maraña, presidente de En-Colectivo, quien instó a Audasa a abandonar la vía de la dilación y proceder cuanto antes al reintegro del dinero.
Aunque la concesionaria todavía podría intentar un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional, la asociación considera que la contundencia del pronunciamiento del Supremo hace muy difícil que dicha vía prospere, al carecer, a su juicio, de contenido constitucional real.





