Galicia Sucesos

Archivada, de nuevo, la causa contra los cargos del Sergas por la muerte de pacientes de hepatitis C

Los jueces no aprecian omisión del deber de cuidado

La sección sexta de la Audiencia Provincial de A Coruña ha desestimado los recursos de apelación presentados por la Fiscalía y la Asociación de Afectados pola Hepatite C frente al auto del Juzgado de Instrucción número 3 de Santiago de Compostela decretó el sobreseimiento provisional de la causa y archivo de las actuaciones respecto al director de Asistencia Sanitaria, Félix Rubial, y a Carolina González-Criado, subdirectora de Farmacia del Servizo Galego de Saúde (Sergas) en el momento de los hechos.

Ambos fueron investigados como presuntos responsables de delitos de homicidio por imprudencia grave profesional y prevaricación por, presuntamente, no facilitar el tratamiento a pacientes de hepatitis C.

“No se aprecia omisión del deber de cuidado”

Los jueces, al igual que el instructor, consideran inexistente la relación de causalidad entre los fallecimientos de los pacientes y los actos imputables a los investigados. Sostienen que “no se aprecia indiciariamente la omisión de un deber de cuidado”. Así, indican que carecen de indicios de que la eliminación de la demora en la autorización del fármaco hubiera tenido algún efecto en los pacientes.

La Audiencia indica que la priorización de los pacientes y las restricciones sobre las solicitudes del medicamento se produjeron “desde la perspectiva de que era próxima la cristalización de las gestiones sobre la financiación e inclusión del fármaco en la oferta del sistema de salud”.

No fue negación sino una “posposición de la solicitud”

Por ello, entiende que “no era una denegación, sino una posposición de la solicitud y eventual autorización hasta que concluyese el programa para el cual se había establecido la prioridad, con criterios técnicos, de un determinado grupo de pacientes”.

Los jueces, por tanto, concluyen que “no cabe estimar como constitutivo de prevaricación que la tramitación de las solicitudes tuviera como referencia esas pautas progresivamente más amplias, reiterándose que en todo caso estaríamos ante una posposición en la tramitación y no ante una denegación de la autorización del tratamiento”.

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