Galicia

@SATSE_GALICIA obtiene el respaldo de la justicia frente al Sergas que deberá respetar el derecho a la conciliación laboral y familiar

El Sindicato de Enfermería ha ganado, de nuevo, un pleito, con  una nueva sentencia contra la que no cabe recurso, frente al Servizo Galego de Saúde (SERGAS), por la vulneración que el Sergas hizo sobre uno de sus profesionales de Enfermería  al impedirle la conciliación laboral y familiar “imponiéndole un periodo fijo de vacaciones, sin respetar sus necesidades, ni sus derechos, a pesar de invocar preferencia/derecho de elección por ser padre de un niño menor de 12 años”.

Ahora es el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Lugo advierte al Sergas de que el artículo 132.3 de la Ley de Empleo Público de Galicia y Resolución de 24 de febrero de 2016 de la Dirección General de Función Pública, reconoce el derecho de la preferencia de elección de las personas con hijos menores de 12 años. Una ley gallega que el propio Sergas ha vulnerado, motivo por el que ahora tendrá que abonar el periodo vacacional que en su día le denegó a un profesional de enfermería perteneciente a la Axencia Galega de Donación de Órganos, Sángue e Tecidos (ADOS).

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