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Uber, prohibido en España

El servicio de transporte que presta la aplicación Uber, para poner en contacto a los conductores de la compañía y a los usuarios online para compartir gastos, ha sido prohibido a nivel estatal por el juez de lo Mercantil nº2 de Madrid. Además se prohíben las transacciones de Uber, en compañías de pago electrónico y de telecomunicaciones.

En el auto se acuerda estimar las medidas cautelares presentadas por la Asociación Madrileña del Taxi, propuestas antes de la interposición de una futura demanda contra Uber, dado que los conductores de la aplicación no disponen de autorización administrativa para realizar la actividad, convirtiéndose en competencia desleal. El magistrado expone que se trata de «una protección cautelar basada en la legalidad vigente«.

Las medidas se desarrollarán cuando «la parte solicitante preste en el plazo de 3 días siguientes a la notificación de la resolución … el aval bancario de tiempo indefinido por importe de 10.000 euros» pagadero al primer requerimiento y estimado idóneo por el Juzgado, así como prohibir toda aplicación que preste servicio de transporte de viajeros en España, por medio de cualquier soporte o sistema informático.

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