El Consejo Constitucional francés ha decidido que la prohibición del matrimonio entre dos personas del mismo sexo no viola la Constitución. Los jueces indican que, según los artículos 75 y 144 del Código Civil, “el matrimonio es la unión de un hombre y una mujer” y añade que el legislador, “en el ejercicio de su competencia, estimó que la diferencia de situación entre las parejas del mismo sexo y las parejas compuestas por un hombre y una mujer podría justificar una diferencia de trato en cuanto a las reglas de derecho de la familia“.
Esta resolución es la respuesta al recurso de inconstitucionalidad interpuesto por una pareja de hecho de lesbianas, que viven juntas desde 1996, contra esos dos artículos por la falta de seguridad jurídica de sus cuatro hijos, Corinne Cestino y Sophie Hasslauer, y que en su escrito aseguraban que el matrimonio “es la única solución para proteger a sus hijos, poder compartir la autoridad parental, regular los problemas de herencia y custodia ante el eventual fallecimiento de una de las dos“.