La Audiencia Provincial ha desestimado un nuevo recurso presentado por la Comunidad de Montes en Mano Común Santa Mariña de Cabral y ha confirmado la titularidad privada de un terreno con vivienda situado en la zona de Peinador, junto al entorno del aeropuerto de Vigo. Desde la Plataforma Galega de Afectados por Comunidades de Montes, subrayan que se trata de otro revés judicial para los comuneiros, que pretendían hacerse con la parcela, propiedad de la empresa Icosa Dorada, apoyándose en un antiguo plano de 1891 cuya validez vuelven a cuestionar los tribunales.
El fallo ratifica la resolución dictada en primera instancia y subraya la escasa fuerza probatoria de la documentación aportada por la comunidad, en especial de un plano que ni siquiera es original y del que solo existen fotocopias incompletas, con múltiples carencias técnicas. La Audiencia insiste en que dicho documento no permite acreditar ni la delimitación exacta del terreno ni su carácter comunal.
La Comunidad no estaría habilitada para intervenir en el procedimiento
La sentencia también resulta especialmente dura con la forma de actuar de la dirección de la Comunidad de Montes. El tribunal destaca que la demanda se presentó por su presidente tres años antes de contar con la preceptiva autorización de la asamblea general, lo que pone en cuestión la legitimación de la entidad para litigar. Según la resolución, la comunidad no estaría habilitada para intervenir en el procedimiento, aunque el presidente sí podría haberlo hecho a título particular como comuneiro.

Dudas sobre la autenticidad del expediente de deslinde de 1891
Entrando en el fondo del asunto, la Audiencia vuelve a sembrar dudas sobre la autenticidad del expediente de deslinde de 1891 y concluye que no ha quedado acreditado el aprovechamiento consuetudinario del terreno, un requisito imprescindible para que pueda considerarse monte comunal. En consecuencia, el tribunal determina que la parcela no pertenece a la Comunidad de Montes y condena a la entidad al pago de las costas procesales.
Los tribunales han rechazado reclamaciones similares sobre otras propiedades
Este nuevo fallo se suma a una larga cadena de sentencias desfavorables para la Comunidad de Montes de Cabral, todas ellas sustentadas en la irrelevancia jurídica del citado plano decimonónico. En los últimos meses, los tribunales ya han rechazado reclamaciones similares sobre terrenos y propiedades en el entorno del Gorxal, del Ifevi y de varias fincas con viviendas habitadas, en algunos casos con titulares que cuentan con escrituras inscritas en el Registro de la Propiedad décadas atrás.
El conflicto, con importantes implicaciones para el urbanismo de Vigo, vuelve a enfrentar dos modelos de propiedad: el de las comunidades de montes, que alegan una posesión inmemorial apoyada en documentos administrativos del siglo XIX sin aprobación final conocida, y el de los propietarios privados, que exhiben títulos válidos del siglo XX y derechos consolidados. Una vez más, la justicia se inclina del lado de estos últimos.
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