Vigo regulará los pisos turísticos con una ordenanza que priorizará el uso residencial

Fijando límites urbanísticos y administrativos y reforzando la seguridad jurídica y el derecho a la vivienda

El próximo martes, el Consejo de la Xerencia de Urbanismo de Vigo someterá a votación el proyecto de ordenanza municipal que regulará la implantación, la intensidad y el funcionamiento de las viviendas de uso turístico, así como de los apartamentos y viviendas turísticas, en el término municipal. La iniciativa constituye el paso previo a su aprobación inicial por el Pleno y a la posterior aprobación definitiva tras el periodo de información pública.

El objetivo principal de la ordenanza es proporcionar seguridad jurídica tanto a los titulares de este tipo de alojamientos como a los vecinos, evitar conflictos con las comunidades de propietarios y priorizar el derecho a la vivienda y el uso residencial permanente frente a otros usos de carácter temporal.

La normativa establece las condiciones urbanísticas, técnicas y administrativas necesarias para implantar y controlar las viviendas de uso turístico en Vigo, tomando como base el Plan General de Ordenación Municipal. Este documento clasifica estas actividades como usos terciarios hoteleros, diferenciados del uso residencial, que tiene carácter permanente.

«Deben comportarse como hoteles»

El pasado mes de julio, la Xerencia de Urbanismo firmó el decreto que daba inicio a la tramitación de la nueva ordenanza reguladora de las viviendas de uso turístico. Entonces, el alcalde Abel Caballero subrayaba que las viviendas de uso turístico “deben comportarse como hoteles”, recordando que el propio Plan General establece limitaciones, como que sólo podrán ubicarse en edificios cuando dispongan de un acceso independiente del resto de las viviendas residenciales.

En aquellas fechas, el alcalde hacía referencia a varias realidades que consideraría la ordenanza, entre ellas el fuerte crecimiento del número de viviendas de uso turístico, especialmente en el centro urbano y en barrios históricos como el Casco Vello, Bouzas, Areal o Berbés. Una expansión que, según Caballero, está ejerciendo una presión al alza sobre los precios del alquiler. A ello se suma la necesidad de ordenar de forma rigurosa la convivencia entre residentes y visitantes, garantizando el equilibrio entre la actividad turística y el derecho a la vivienda y al descanso vecinal.

Según el proyecto, la nueva implantación de viviendas de uso turístico solo será posible en aquellas zonas donde el Plan General considere compatible este uso. Además, únicamente podrán ubicarse en edificios completos o en plantas bajas o altas que cuenten con independencia funcional, es decir, acceso independiente y sin viviendas residenciales en las plantas inmediatamente inferiores.

Prohibiciones

La ordenanza prohíbe expresamente el desarrollo de estas actividades en viviendas que hayan sido reformadas o rehabilitadas con subvenciones públicas destinadas a la mejora del parque residencial, así como en inmuebles con algún tipo de protección oficial.

De forma adicional, el Concello de Vigo podrá declarar, previo estudio técnico y tramitación administrativa, áreas, barrios, calles o zonas como zonas saturadas o de intensidad limitada para el uso de viviendas de uso turístico, con el fin de evitar la concentración excesiva de este tipo de alojamientos.

La actividad de viviendas turísticas quedará sujeta al régimen de comunicación previa para su implantación, una vez realizada la inscripción en el Registro de Empresas y Actividades Turísticas de Galicia. A partir de la entrada en vigor de la ordenanza, todas las viviendas de uso turístico deberán ser compatibles con esta tramitación administrativa y contar con la correspondiente comunicación previa ante el Concello de Vigo, reforzando así el control municipal en materia de urbanismo Vigo.


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