Redacción | Vigo Al Minuto
La Audiencia Provincial de Pontevedra ha condenado a 16 años y 11 meses de prisión al hombre que intentó matar a su expareja quemándola viva en Vigo en septiembre de 2024. El tribunal considera probado que actuó movido por un sentimiento de “superioridad y posesión” hacia la mujer, después de que ella decidiera poner fin a la relación.
La sentencia, dictada el pasado 3 de septiembre por la sección cuarta de la Audiencia Provincial, lo considera autor de un delito de asesinato en grado de tentativa, con las agravantes de género y parentesco, además de un delito de malos tratos psicológicos habituales.
El tribunal establece también una prohibición de aproximarse y comunicarse con la víctima durante 31 años y fija una indemnización de 840.000 euros por las lesiones, las secuelas, el daño moral y los gastos médicos derivados de la agresión.
Los hechos ocurrieron el 14 de septiembre de 2024, después de que el condenado esperase a su expareja en las inmediaciones del domicilio de sus padres. Ambos habían mantenido una relación desde 2017 hasta mayo de ese año.
Según los hechos probados, el hombre la abordó cuando salió de la vivienda y la roció con gasolina mientras ella intentaba defenderse. La mujer llegó a golpearlo con la rodilla en la cara para tratar de librarse de él.
Después, el condenado la empujó y provocó que cayese al suelo. Entonces le dijo “adiós” y le prendió fuego con un mechero con la intención de acabar con su vida.
La resolución considera que la forma elegida para atacarla provocó además un incremento deliberado de su sufrimiento. Las magistradas señalan que, mientras el cuerpo de la mujer comenzaba a arder y ella gritaba y pedía ayuda, el condenado permaneció “a unos metros de ella, impasible”.
Quemaduras en el 28% del cuerpo
La víctima sufrió quemaduras en el 28% de la superficie corporal como consecuencia del ataque. Las lesiones le dejaron secuelas de especial gravedad y un importante perjuicio estético.
La Audiencia considera asimismo acreditado un grave daño moral derivado de las consecuencias que la agresión ha tenido sobre su vida privada, social y laboral.
La indemnización fijada por el tribunal se desglosa en 485.000 euros por las lesiones y secuelas, 350.000 euros por el daño moral y 3.600 euros por los gastos médicos.
La ruptura como origen de la agresión
La sentencia sitúa el ataque en el contexto de la ruptura de la pareja. El tribunal considera que el acusado no aceptó la decisión de la mujer de terminar la relación y que actuó con la intención de mantener el control sobre ella.
Las magistradas concluyen que existió ánimo de matar y aprecian además alevosía y ensañamiento. Para alcanzar esta conclusión, la Audiencia tuvo en cuenta como prueba central la declaración de la víctima, que consideró corroborada por testimonios, informes periciales y médicos, análisis químicos y pruebas de ADN.
El tribunal considera acreditado que la agresión no fue un acto dirigido únicamente a causarle lesiones, sino un ataque ejecutado con intención de acabar con su vida.
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