Desde este martes, día 5, una vez que se publique el decreto de convocatoria de Elecciones Generales para el próximo 28 de abril, durante tres meses, desde ese día hasta el 27 de mayo, tras las Elecciones Municipales y Europeos, están prohibidas las inauguraciones y campañas institucionales de propagada.
Conforme a lo establecido en la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG), en estos meses, mientras estemos en periodo electoral, están prohibidos los actos de inauguración y campañas de propaganda institucional para difundir logros de mandatos.
La ley señala que sólo se permiten campañas informativas “que resulten imprescindibles para la salvaguarda del interés público o para el correcto desenvolvimieno de los servicios públicos”, pero sin “connotaciones electoralistas ni alusiones a los logros obtenidos por los poderes públicos”.