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@CuacFM puede seguir emitiendo y la Xunta vulneró su derecho a la libertad de expresión y de información

La Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-administrativo del TSXG ha estimado el recurso presentado por la Asociación Colectivo de Universitarios Activos (Cuac) contra la prohibición de emisión radiofónica en FM dictada por el Gobierno de Galicia el pasado mes de febrero.

El TSXG declara en la sentencia que Cuac FM tiene vigente la garantía temporal de emisión que le negaba la Secretaría Xeral de Medios mientras la administración competente “no se pronuncie de forma motivada y clara sobre la falta de dicha garantía temporal”.

Los magistrados también anulan en el fallo el apartado de la resolución de la Administración en el que advierte a Cuac FM de que podría ser sancionada si continuase con la actividad.

El alto tribunal declara en la sentencia que la Secretaría Xeral de Medios, que dirige Mar Sánchez SIerra, ha infringido “los derechos fundamentales de la persona” al vulnerar el artículo de la Constitución española que reconoce el derecho de la ciudadanía a la libertad de expresión y a recibir y a comunicar libremente información. Así, el TSXG sostiene que la Administración autonómica ha infringido “los preceptos legales que constituyen una garantía temporal de emisión para la actividad de libre expresión y comunicación de información y de creación y uso de medios de comunicación, en este caso de los servicios de comunicación audiovisual comunitarios”.

Los jueces argumentan que la normativa audiovisual prevé un periodo en que los operadores podrán seguir emitiendo hasta que se regule por el Estado, “previendo la concesión de las oportunas licencias, sin que se haya producido aún la regulación normativa en Galicia”.

Por último, el Tribunal Superior de Xustiza destaca que el derecho a la creación de medios de comunicación “a través de los cuales difundir ideas, opiniones e información” es una “de las libertades reconocidas” en la Constitución.

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