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La juez del ‘Caso Hormigón’ mantiene la imputación a Isaura Abelairas y Ángel Rivas y retira la de los demás ‘investigados’

Isaura Abelairas
Isaura Abelairas

La titular del Juzgado de Instrucción número 1 de Vigo ha ordenado el “sobreseimiento provisional y parcial” del conocido como ‘Caso Hormigón’, de los ex concelleros Francisco Xabier Alonso y Eudosio Álvarez, del presidente del Partido Popular de Vigo y concejal de este partido, Jose Manuel Figueroa, además de otros investigados como Josá Ángel Otero Lamas, Francisco Javier Rivas, Javier Carrera María Gómez Janeiro y Celso Manuel Piñeiro Malvar.

La jueza Segade, también estima el sobreseimiento parcial, con respecto a los hechos que podrían constituir un delito de Prevaricación del concelleiro Ángel Rivas, si bien desestima dicho sobreseimiento en relación con su participación en las reuniones  en las que el Gobierno local decidió adjudicar suministros de obras a la empresa de la que Rivas era gerente.

Asimismo, la magistrada niega también la solicitud de sobreseimiento de formulada por la actual concelleira de Benestar, Isaura Abelairas.

Hay que recordar que Abelairas había declarado, como investigada, sobre los reconocimientos extrajudiciales de crédito, en relación a un total de 14 obras, como se recoge en una veintena de expedientes municipales requeridos por el juzgado. Dichas obras fueron licitadas entre junio de 2007 y mayo de 2011, siendo Isaura Abelairas  concelleira delegada de Vías y Obras.

La jueza argumenta en el auto, al que ha tenido acceso vigoalminuto que no puede retirar la imputación de Abelairas puesto que “de la documental obrante en la causa, y teniendo en cuenta el contenido de los informes elaborados por el Interventor General del Estado que actúa como perito en esta causa, resulta que bajo su mandato al frente de aquella Concejalía, Servicios Exteriores y Vías y Obras, se llevaron a cabo una serie de obras ajenas a procedimiento administrativo alguno, sin sujeción a las prescripciones legales en materia de contratación administrativa, que no solo por ese motivo, sino que por tratarse de obras a mayores que por entidad y cuantía, o por tratarse de obras independientes, necesitarían de la tramitación administrativa legalmente prevista, y que no se ha respetado, vulnerando los principios de concurrencia, igualdad y publicidad, se trata de hechos que tendrían entidad penal, y siendo ella quien aparece como la persona que ha autorizado el gasto”

Curiosamente, la jueza no considera el informe presentado por el Interventor  en el que especifica que  los reconocimientos extrajudiciales de crédito, necesarios para afrontar dichas obras, fueron aprobados por la Xunta Local de Goberno entre el 20 de julio y el 28 de diciembre de 2012, cuando Abelairas ya no estaba al frente de la mencionada concellería, que tras las Elecciones Municipales de 2011 pasó a llamarse Concejalía de Fomento.

La magistrada hace referencia, concretamente, a las obras de acondicionamiento de Gran Vía y Barcelona, , por un importe de 12.636,65 euros; las obras del entorno de POVISA, por un importe de 292.345,70 euros, y la reparación de la acera de la rúa Areal entre los números 104 y 118.

En los informes referentes a estas obras- y a otras diez más-  entregados por el interventor municipal al Juzgado entre septiembre y octubre de 2014, se indica que todos los expedientes requeridos por el mismo se tramitaron y ejecutaron conforme a derecho, tenían la correspondiente dotación presupuestaria y se explica que los reconocimientos extrajudiciales de crédito no sustituyen a las normas aplicables a un procedimiento de contratación administrativa, añadiendo que “se aplican a aquellos supuestos en los cuales el contrato acaba con un gasto que resulta superior al precio adjudicado, bien por la liquidación legalmente prevista –el 10% del precio primitivo del contrato- o por incorporar alguna modificación en las unidades de obra”.

Por lo que se refiere a Ángel Rivas, actual concelleiro de  Parques, Xardíns, Comercio, Participación Cidadá e Distritos, la juez Segade razona el mantenimiento de su imputación por la supuesta comisión de  un delitos de negociaciones o actividades prohibidas a funcionarios públicos  por una parte, por su participación en las Xuntas de Goberno, desde junio de 2011, en las que se acordó la “adjudicación de obras, la concesión de crédito extraordinario o suplemento de crédito, a empresas, que también realizaron obras ajenas a todo procedimiento administrativo y que dieron lugar a REC, las cuales adquirían el hormigón mayoritariamente a la empresa en la que aquel, concejal del Ayuntamiento de Vigo, era gerente, esto es, Hormigones Valle Miñor, en la que permaneció hasta el año 2012. Y por otra parte, porque siendo también objeto de investigación la realización de una serie de obras públicas, que se llevan a cabo sin sujeción a contrato administrativo alguno, que ponen en entredicho los principios rectores de la actividad pública y de gestión presupuestaria”.

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