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El Supremo da la razón a los vecinos de Teis y ordena reducir a 20 metros la superficie de protección de A Guía

El Tribunal Supremo (TS) ha estimado el recurso presentado la Asociación de Afectados por el Plan Especial A Guía- Teis, contra una sentencia de la Audiencia Nacional, y señala que hay que reducir de 100 a 20 metros de ancho la servidumbre de protección en parte del monte de A Guía que, como habían alegado, forma parte del dominio marítimo terrestre.

Inicialmente, la sala de lo contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional había fallado en su contra pero, ahora, el Supremo afirma que la anchura de la franja de servidumbre de protección debe fijarse en 20 metros, ya que “se trata de terrenos clasificados como suelo urbano cuando se aprobó la ley de costas, y no habían perdido esa clasificación cuando se aprobó el deslinde”.

En la sentencia, el alto tribunal enfatiza que la adaptación del Plan Xeral de Ordenación Urbana (PXOM) de 1993, que excluía el desarrollo urbano y edificatorio en esos núcleos, “no implica un cambio de clasificación, que sigue siendo la de suelo urbano”.

 

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