Nacional

El Gobierno aprueba este viernes la reforma del Código Penal

La reforma, propuesta por el ministro de Justicia introduce varios cambios de especial importancia, entre ellos la introducción de la ‘prisión permanente revisable’, que se reserva a casos de excepcional gravedad como son asesinatos de menores de 16 años o de personas especialmente vulnerables, asesinatos subsiguientes a un delito contra la libertad sexual, aquellos cometidos en el seno de una organización criminal y los asesinatos en serie.

Se impone también en caso de homicidio del Rey o su heredero, jefes de Estado extranjeros y en los supuestos más graves de genocidio o crímenes de lesa humanidad, está sujeta a un régimen de revisión. Tras el cumplimiento íntegro de una parte “relevante” de la condena según el delito cometido, el preso podrá obtener la libertad condicional si se acredita su reinserción.

Lucha contra la piratería y la corrupción

El nuevo texto endurece, asimismo, las penas contra la piratería informática, de tal manera que podrá condenarse hasta con 6 años de cárcel a quien incluya en su página web listados de enlaces a contenidos que son objeto de propiedad intelectual. El juez podrá ordenar su retirada e incluso el bloqueo del portal, según el borrador enviado el Consejo de Estado.

El nuevo Código Penal incluye también medidas en la lucha contra la corrupción. Aunque no tipifica la financiación ilegal de los partidos, sí delimita de forma más clara tipos como la malversación, la administración desleal o la insolvencia y, entre ellas, se sanciona la aceptación de un soborno sin necesidad de vincularlo al acto realizado después por el funcionario y castiga esconder bienes durante un embargo u ocultar a los acreedores la situación de crisis del deudor.

Aumento de la edad de consentimiento sexual y apología del fascismo y nazismo

El proyecto eleva también la edad mínima de consentimiento sexual de los 13 a los 16 años para adecuarse a las disposiciones de la Convención sobre los Derechos de la Infancia y las recomendaciones de la ONU. España tenía una edad “muy inferior” a la del resto de países europeos, donde ronda los 15 o 16 años, y una de las edades “más bajas del mundo”.

Además, se endurecen las penas por realizar apología del fascismo o del nazismo, castigando la “trivialización” y “enaltecimiento” de las conductas xenófobas con sanciones de entre 6 meses y 4 años de prisión.

Persecución del ‘Ciberactivismo’

El ciberactivismo o el simple apoyo a una acción expresado a través de las redes sociales puede suponer un delito según el nuevo artículo 559: “La distribución o difusión por cualquier medio de mensajes o consignas que inciten a la comisión de un delito de alteración del orden público […] o que sirvan para reforzar la decisión de llevarlos a cabo”.

Otro de los ejemplo es el artículo 560: “actuando individualmente, o mediante la acción concurrente de otros, interrumpan el funcionamiento de los servicios de telecomunicaciones o de los medios de transporte público y alteren con ello de forma grave la prestación normal del servicio”. Algo que parece creado expresamente después de que un grupo de activistas paralizase varios trenes del metro del Madrid contra la subida del precio de este servicio. Podrá conllevar hasta dos años de cárcel.

Colectivos como la PAH han hecho de la ocupación de entidades financieras una actividad habitual en su forma de protesta, algo que no se le ha escapado a Gallardón cuando ha propuesto la reforma del artículo 557, que convertirá en delincuentes a quienes “actuando en grupo, invadan u ocupen, contra la voluntad del titular, el domicilio de una persona jurídica pública o privada, un despacho, oficina, establecimiento o local […] y causen con ello una perturbación relevante de su actividad normal”.

Difusión de grabaciones íntimas e incendios forestales

Además de fijar una pena de hasta tres años de cárcel para los matrimonios forzosos, tipifica nuevos delitos como la difusión de imágenes y grabaciones íntimas sin consentimiento o la manipulación del funcionamiento de los dispositivos de control telemático.

Sanciona también la producción de materiales que inciten al odio o la violencia contra ciertas minorías y la negación, apología o “trivialización grave” del genocidio, mientras que se castiga con penas de entre 10 a 15 años de cárcel el secuestro con desaparición del rehén, agravándose cuando la víctima sea un menor o discapacitado.

Finalmente, el redactado endurece un año las penas máximas para los autores de incendios forestales especialmente graves, que alcanzan los seis años de cárcel, fija un límite de 1.000 € para los hurtos y despenaliza la mayoría de las faltas aunque otras pasan a ser consideradas delitos leves.

 

También te puede interesar