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El Tribunal Superior de Galicia autoriza que se pida el Pasaporte COVID en eventos masivos

También en centros de mayores, instalaciones deportivas y piscinas cubiertas

O Tribunal Superior de Galicia ratifica a obligatoriedade do 'pasaporte COVID'

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha autorizado a la Xunta exigir la presentación del certificado COVID-19 de vacunación para acceder a los centros de mayores y de personas con diversidad funcional; instalaciones deportivas; piscinas cubiertas; eventos multitudinarios o a aquellos que tengan autorizada la venta de alimentos o bebidas para el consumo en su interior.

La medida estará vigente desde las 00.00 horas del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia (DOG) y hasta las 00.00 horas del 18 de enero de 2022.

Prórroga para hospitales, albergues, hostelería y ocio nocturno

Además, el alto tribunal ha autorizado al Gobierno gallego prorrogar, hasta esa fecha, la condición de exhibir el certificado de vacunación a las visitas y acompañantes de pacientes de centros hospitalarios -y la extiende a los hospitales de día para tratamientos oncológicos y de diálisis y a los hoteles de pacientes-; para entrar en albergues turísticos; locales de ocio nocturno y establecimientos de hostelería y de juego que cuenten con servicios de restauración.

Los no vacunados pueden presentar una PCR negativa

Los magistrados destacan en el auto que las personas no vacunadas tienen la alternativa de presentar un certificado de prueba diagnóstica negativa e inciden en la necesidad de establecer la medida en los espacios indicados para que puedan mantener su aforo y el normal desarrollo de sus actividades “en situaciones en que se aprecia el incremento de riesgos de contagio, por las características peculiares de actividad, que deben controlarse adecuadamente, o por las características de especial vulnerabilidad que concurren”.

Además, subrayan que el hecho de que el pasaporte COVID-19 “no elimine completamente la posibilidad de nuevos contagios”, sí reduce el riesgo de transmisión del virus, por lo que entienden que es una medida idónea y proporcionada.

Código QR

La sección tercera de la Sala de lo Contencioso-administrativo también indica en la resolución que la medida se implementa “en respuesta a indicios racionales que ponen de manifiesto la existencia de un peligro para la salud de la población que se puede ver agravado si no se adopta”. Además, el TSXG ha autorizado que la validación y control de los certificados se realice con la lectura del código QR mediante la aplicación Passcovid de Galicia, creada por la Consellería de Sanidade.

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