Galicia

Rafael Louzán condenado a 2 años de cárcel

También la ex alcaldesa de Moraña y actual delegada de la Xunta en Pontevedra

Rafael Louzán, ex presidente de la Diputación de Pontevedra

El Juzgado de lo Penal número 3 de Pontevedra ha condenado a 2 años de cárcel al ex presidente de la Diputación de Pontevedra, Rafael Louzán.

La jueza señala que concedió una subvención de 86.311 euros para realizar unas obras de mejora del campo de fútbol de Moraña “que ya estaban, en su mayor parte, ejecutadas con anterioridad”.

Prevaricación y fraude

El imputado, que ha sido considerado culpable de un delito de prevaricación, en concurso con un delito de fraude, también ha sido inhabilitado para empleo o cargo público durante ocho años.

También la actual delegada de la Xunta en Pontevedra

La jueza ha condenado, también, a dos años de cárcel y a ocho de inhabilitación para empleo o cargo público, como cooperadores necesarios del delito de prevaricación y autores de un delito de fraude, a la ex alcaldesa de Moraña y actual delegada de la Xunta en Pontevedra, Luisa Piñeiro, y al entonces director de Infraestructuras de la Diputación.

A la misma pena de prisión –dos años- ha sido sentenciado el administrador y un empleado de la adjudicataria del proyecto, así como el arquitecto que lo firmó, a quienes también ha inhabilitado para obtener subvenciones y ayudas públicas durante cuatro años. La magistrada, además, ha condenado a un año de prisión y a dos años de inhabilitación para obtener ayudas públicas a cada uno de los dueños de las dos constructoras que accedieron a participar en el procedimiento negociado sin publicidad sabiendo que se trataba “de un mero trámite” para adjudicar la obra a una determinada empresa.

Aumentaron el coste

La jueza considera probado que la constructora a la que la Diputación había adjudicado en 2011 la instalación de hierba artificial en el campo de fútbol de Moraña y otras obras en edificaciones anexas, aumentó su coste en 86.816 euros debido a una certificación.

Al tratarse de una obra ejecutada con subvención, la legislación impedía rebasar el importe subvencionado, por lo que, según la sentencia, “se ideó un sistema artificioso, en fraude de ley, tendente a abonar a la empresa el importe que reclamaba”.

La magistrada destaca que, para hacer frente a ese pago, en 2013, con el acuerdo del presidente de la Diputación, el director de Infraestructuras, el administrador de la empresa, la alcaldesa de Moraña y un arquitecto, se adjudicó de forma irregular otra obra a la misma constructora por ese importe, en concreto, las mejoras en el vestuario y las gradas del campo de fútbol, a pesar de que parte de ellas ya habían sido realizadas. Una vez denegada la posibilidad de aumentar el coste de las obras iniciales, “se buscaron alternativas para pagar esa certificación, creándose el proyecto de mejora en vestuarios y graderío del campo de futbol”, indica la jueza.

Esa conducta del ex presidente de la Diputación, según la jueza, “evidencia una voluntad manifiesta en contra de la legalidad, sabiendo que la subvención que concede es claramente arbitraria y contraria a derecho”.

En cuanto a los condenados como cooperadores necesarios, explica en la sentencia que la entonces alcaldesa de Moraña pidió la subvención a la Diputación “a sabiendas de que las obras para las que la solicitaba, cuanto menos la mayor parte, ya estaban ejecutadas” y el arquitecto “se limitó a firmar el proyecto y certificaciones”.

En cuanto al director de infraestructuras de la Diputación, la jueza sostiene que “buscó el encaje de la operación, indicando incluso a qué arquitecto como firmante del proyecto debían acudir”. Y, finalmente, el administrador de la empresa adjudicataria intervino como “beneficiario último de la subvención”, así como uno de sus empleados, que fue “quien ejecutó o mandó ejecutar las actividades necesarias para la culminación del proyecto”.

La magistrada ordena en la resolución el decomiso de la cantidad cobrada por la empresa con motivo del proyecto de mejora de gradas y vestuarios del campo de fútbol (86.311 euros), así como de la cantidad cobrada por el arquitecto.

La sentencia no es firme, pues contra ella cabe interponer recurso ante la Audiencia Provincial de Pontevedra.

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