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La vigilancia y sanción por el exceso de viajeros en Vitrasa es competencia del alcalde

Lo establece un dictamen del Consello Consultivo solicitado a instancia de Caballero

 Así lo establece en Consello Consultivo de Galicia. En un dictamen, que Abel Caballero asegura que instó a la Xunta a pedir a este organismo, lo deja claro.

De acuerdo con el mismo, los alcaldes deben vigilar, inspeccionar y controlar el cumplimiento de las medidas de prevención contra el covid, ya sean estatales o autonómicas. Además deben incoar, tramitar y resolver los expedientes sancionadores cuando se refieran a infracciones de salud pública en ámbitos de competencia municipal, ya sean industrias, actividades, servicios de transporte, edificios, viviendas y lugares de convivencia.

El Consello Consultivo deja claro que la Policía Local puede y debe multar a quien no lleve mascarilla o no respete las normas de movilidad o de distanciamiento social.

Por último, indica que «no resulta necesario ni procedente» que los ayuntamientos tengan que redactar una ordenanza para estos casos, entre otras cuestiones porque la potestad para vigilar y sancionar está definida en la Ley de Salud Pública.

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