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El juez rechaza de plano las sanciones a los directores de colegios de Vigo por la gestión de los comedores

El Juzgado de lo Contencioso número 1 de Vigo anuló las sanciones que había impuesto la Xunta a dos directores de colegios de la ciudad y niega el argumento de la Consellería de Educación desde donde se aseguraba que  cobraran ‘sobresueldo’ por gestionar los comedores escolares. Educación los apartó de sus cargos y los suspendió de empleo y sueldo dos meses.

Ahora el juez dice que la consellería no tenía razón y anula todas las decisiones tomadas por los responsables de Educación, además, recalca, la Administración no tenía argumento alguno para apartarles de sus puestos puesto que, afirma, el funcionamiento de los comedores fue “ejemplar” y porque ni uno solo de los padres de los alumnos presentó quejas sobre este tema.

Hay que recordar que la Xunta afirmaba que los directores habían cometido una falta grave puesto que habían cobrado ‘sobresueldos’ por gestionar los comedores. Sin embargo, como adelantó vigoalminuto el pasado mes de abril, Educación conocía- y autorizó en 2007- la aportación voluntaria de los padres para el mantenimiento de los comedores, algo que admitió el actual jefe territorial de Educación en Pontevedra en declaraciones a un medio de comunicación local en las que indicaba que no se había actuado hasta ahora pese a que las cuotas se cobran “desde 2008 o 2009″, porque ni sindicatos ni padres lo habían denunciado.

Además de ello, en una reunión celebrada en Santiago en mayo de 2007 se aprobó la posibilidad de que dado que la Consellería de Educación no podía asumir un pago mayor por los comedores, el mantenimiento de los mismos se hiciese desde el mismo centro “con achegas voluntarias de país/nais”, ante lo cual el subdirector xeral de entonces responsió que “se o Consello Escolar de cada centro o autoriza, non ve obxeción para completar coas aportacións de país/nais as cantidades que establece a Consellería para manter o bo servizo”.

Dichas aportaciones voluntarias fueron aprobadas por los consellos escolares, figuran en las páginas webs de los CEIP, son conocidas por las ANPAS y, desde 2008, se han incorporado a las cuentas que, cada ejercicio, son presentadas por los centros mismos a la Consellería.

En la alegación de los directores se recalcó que las cuotas que pagaban los padres se destinaban a garantizar el funcionamiento de los comedores, pagar al personal y garantizar que todos los niños pudiesen ir al comedor, aunque sus padres no pudiesen pagar el mismo, algo que quedó demostrado en el juicio.

De esta manera, el juez rechaza el argumento de la Xunta de que los directores cometiesen “apropiación indebida”; también que cobrasen un ‘complemento salarial’– en algún caso inferior a 50 € mensuales- por la atención y gestión de los comedores y, por último, desestima que las cantidades que pagaban los padres, entre 18 y 25 €, fuesen una ‘cuota obligatoria’.

 

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