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Además de quitar las deducciones por alquiler la reforma fiscal hace tributar por los despidos

Las indemnizaciones por despido tributarán  tras la entrada en vigor de la reforma fiscal del Gobierno, aunque contarán con un mínimo exento de 2.000 € por año trabajado- hasta ahora cuando te despedían no tenías que pagar por ellas-. Esta es otra de las regulaciones que se incluyen en la Reforma Fiscal del Gobierno y que el ministro Montoro ‘olvidó’ citar cuando aseguró, tras el Consejo de Ministros, que se bajaban los impuestos- tampoco se refirió en aquel momento, por otro ‘olvido’ debe de ser, a que también suprimía las deducciones por alquiler de vivienda habitual.

Para recordarlo está el secretario de Estado de Hacienda, Miguel Ferre, quien ha indicado que las indemnizaciones por despido sólo tributaban si superaban el máximo que marca la ley -los 45 días por año trabajado antes de la reforma laboral y los 33 días tras la reforma-.

Eso significa que, una vez que la reforma fiscal entre en vigor, todas las indemnizaciones por despido tendrán que tributar, aunque se beneficiarán de un mínimo exento de 2.000 € por año trabajado, lo que permitirá que los contribuyentes con sueldos de 20.000 € o menos no tengan que pagar a Hacienda cuando sean despedidos- algo que no cambia nada, puesto que hasta ahora no pagaban-.

En concreto, los contribuyentes con sueldos de 20.000 € al año que vayan a recibir una indemnización por despido de 1.833 € por año seguirán exentos de tributación. De la misma forma, todos los contribuyentes que hayan tenido sueldos inferiores a 20.000 € seguirán ‘disfrutando’ de la exención del 100% de su indemnización si son despedidos.

En cambio, los que hayan percibido un sueldo de 30.000 euros al año y tengan derecho a una indemnización de 2.750 € por año trabajado disfrutarán de una exención del 72,72% del total tras aplicarles el mínimo exento.

Los que hayan cobrado 40.000 € al año y tengan derecho a una indemnización de 3.666 € por año se beneficiarán de una exención del 54,55%, mientras que los que hayan percibido un sueldo de 50.000 € y vayan a recibir una indemnización de 4.583 € al año tras ser despedidos, disfrutarán de una exención del 43,64%.

 

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