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Las altas médicas eran incentivos a cobrar por los inspectores médicos

La sentencia de la Audiencia Nacional anula el criterio que permitía a los inspectores médicos a cobrar incentivos según el porcentaje de altas que realizan en sus revisiones médicas. La audiencia confirma que un trabajador enfermo debe volver a su puesto solo por “criterios científicos”.

En 2011, el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) determinó que el inspector cobraría un aliciente si cumplía con uno de estos tres requisitos: otorgar el alta al menos de un 15% de los pacientes de baja por incapacidad temporal, apertura de expediente de incapacidad permanente o suspensión del cobro de la prestación cuando el trabajador no se presenta al reconocimiento de forma injustificada.

La medida efectuada por la Administración servía para calcular el complemento de productividad de los inspectores, un colectivo de unos 900 profesionales en España. La medida trataba de racionalizar la gestión de estos procesos, que según los datos que otorgó el INSS en 2011, le costaban al Estado entre 6.000 y 7.000 millones de euros anuales.

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