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La Delegación del Gobierno en Madrid multa con 6.000 € al organizador del #25S

Se llama R.O.G.R. y, según la Delegación del Gobierno en Madrid, es la persona que convocó, oficialmente, la manifestación del 25S #RodeaelCongreso y, por ello, se le ha impuesto una multa de 6.000 €. Para justificar dicha sanción, la Delegación desempolva una ley de 1983, que regula el derecho de reunión, en la que se indica que los organizadores de las manifestaciones son los responsables de la seguridad de las mismas, hecho al que se suma, para multar a dicha persona, el de desobediencia a las Fuerzas de Seguridad.

El sancionado tiene un plazo de quince días para “presentar alegaciones y aportar cuantos documentos estime convenientes”, de acuerdo con el documento que le ha hecho llegar el organismo dirigido por Cristina Cifuentes. En el mismo, se señala que en la comunicación de la concentración se habla de concentraciones y marchas reivindicativas, una Asamblea Popular, algo que a la Delegación le parece correcto hasta que , citando la mencionada norma, indica que “deberán ser atendidas por parte de los organizadores y participantes en dicha reunión las indicaciones de los responsables de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, dirigidas a ordenar el normal desarrollo de la misma, con el fin de no perturbar el libre ejercicio por los demás ciudadanos, de sus derechos y libertades para hacer posible la prestación de servicios públicos esenciales y el mantenimiento de la seguridad ciudadana”. Y entiende que es esta parte la que no se ha cumplido y la que da base a la sanción.

Apoyándose en los partes de la Policía, en los que se indica que la convocatoria transcurrió normalmente hasta las 7 de la tarde, y que, desde esa hora, “empezó  el lanzamiento de objetos contundentes contra la fuerza pública, así como el derribo y desmantelamiento de las vallas que conformaban el perímetro de seguridad”, la Delegación entiende que se incumplió el acuerdo, actos que se agravan por el hecho de que en ningún momento se pudo apreciar la existencia de unas medidas de seguridad adoptadas por los organizadores de los actos, ni la actuación de un servicio de orden que velase por el correcto desarrollo de los mismos”, lo cual constituye una falta muy grave.

Esta sanción administrativa poco tiene que ver con la referencia que la Delegación, y las Fuerzas del Orden, hicieron al artículo 494 del Código Penal: Incurrirán en la pena de prisión de seis meses a un año o multa de doce a veinticuatro meses los que promuevan, dirijan o presidan manifestaciones u otra clase de reuniones ante las sedes del Congreso de los Diputados, del Senado o de una Asamblea Legislativa de Comunidad Autónoma, cuando estén reunidos alterando su normal funcionamiento”, rechazada por el juez Pedraz de la Audiencia Nacional que negó la existencia de un delito contra las instituciones del Estado, tal y como reclamaban varios responsables públicos, desde la propia delegada Cifuentes, hasta la presidenta de Castilla-La Mancha y secrtaria general del Partido Popular, Dolores de Cospedal, quien llegó a comparar a los concentrados con los golpistas del 23-F.

 

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