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Buscar empleo 30 días, requisito previo para pedir los 400€

Una vez más la publicación de un Real Decreto en el Boletín Oficial del Estado (BOE) desvela sorpresas y aporta datos novedosos. Ya pasó cuando el Gobierno de Mariano Rajoy anunció la subida del IVA, una cosa fue lo que se dijo en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros y otra distinta la letra pequeña del día después.

Pues lo mismo está ocurriendo con la prórroga del Plan Prepara del que informaron ayer la ministra de Empleo y Seguridad Social, Fátima Báñez, y la vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría. Echando mano del BOE de este sábado, nos vamos enterando de otros requisitos para que un parado de larga duración pueda ser perceptor de los 400€, una vez agotada su prestación de desempleo.

A partir de ahora, un parado que quiera cobrar esos 400€ tendrán que demostrar a la Administración que han buscado empleo de manera activa al menos durante los últimos 30 días.

El plazo para buscar la inclusión al Plan Prepara -siempre y cuando no tengan colchón familiar financiero- será de dos meses desde la finalización de la prestación o subsidio por desempleo.En este plazo, la persona solicitante deberá realizar, durante un período mínimo de treinta días, acciones de búsqueda activa de empleo, las cuales se deberán acreditar en el momento de dicha solicitud, en la forma que se determine reglamentariamente”, refleja el texto recién aprobado.

Como ya contamos este viernes, se confirma que los 400€ sólo se otorgarán a los solicitantes que carezcan de rentas “si convive con padres y/o cónyuge, y/o hijos menores de 26 años, o mayores con una discapacidad en grado igual o superior al 33%, o menores acogidos”, cuando la suma de las rentas de “todos los integrantes de la unidad familiar así constituida, incluido el solicitante, dividida por el número de miembros que la componen, no supere el 75% del salario mínimo interprofesional, excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias”.

Esto se traduce en que se concederá la ayuda  sólo cuando como resultado de esa división a cada miembro de la familia le corresponden 481€ al mes.

En cuanto a los 450€ para los parados con mayores cargas familiares los percibirán aquellos de más de 45 años y de larga duración con,al menos, dos miembros de la unidad familiar a su cargo, además del cónyuge o pareja de hecho.

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