Sucesos

Rebajan la pena a un maltratador porque su víctima no fue al médico tras ser agredida

La Audiencia de Cantabria ha rebajado una condena por violencia de género porque la víctima no acudió a un servicio médico tras sufrir la agresión. El juez indica que, por ello, no había ningún documento que sirviera de prueba de las lesiones sufridas.

El agresor negó los hechos, de modo que la Sección Tercera se acoge al principio de ‘in dubio pro reo’: ante la duda se favorece al acusado, como es su derecho legal.

Lo que se había juzgado eran dos agresiones y varias amenazas de un hombre a su compañera sentimental en su domicilio de Santander a raíz de que ella le anunciara, en octubre de 2010, su intención de separarse de él. El Juzgado de lo Penal número 5 de Santander sí consideró probados los hechos: varias amenazas tras el anuncio, que llevó al hombre incluso a tirar la ropa de su pareja a la calle, junto a amenazas de muerte como”yo voy a la cárcel pero tú a una caja de pino“.

La víctima no fue al médico ninguna de las dos veces que fue golpeada, la primera con un matamoscas y la segunda con una aleta de buceador; el agresor sí reconoció la primera calificándola de “caricia” y de “broma”, pero negó la segunda. Ello supone que la misma se considera no probada, por lo cual se rebaja la pena que le había impuesto el primer juzgado: de un año y 32 días de prisión, además de 46 días de trabajos comunitarios por las amenazas y la prohibición de acercamiento durante seis años, a sólo nueve meses y un día, trabajos comunitarios y los cuatro años de prohibición de acercamiento a la víctima.


 

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