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El banco deja a una canguesa sin dos pisos y le reclama 100.000 € más

Esa es la situación en la que está Teté tras no poder pagar su hipoteca. Esta canguesa compró el primero de los inmuebles en 2004, estando casada: con su marido pidió un crédito en una financiera del Banco de Santander para adquirir un piso en Cangas. Los pagos se hicieron regularmente hasta que, dos años más tarde, el matrimonio se separa y ella plantea comprarse una vivienda por su cuenta en la que vivir con su hija. Exponen el caso a la financiera que le aconseja constituir una hipoteca puente, con la misma cantidad, sin deshacer la anterior, y con una cadencia de dos años: ese es el tiempo que tienen para vender el primero de los pisos antes de tener que volver a hacer frente al pago del mismo, mientras que la cantidad que pagaban por la hipoteca es asumida por ella para adquirir el segundo.

Pero el piso no se vende. Se cumplen los dos años y, en noviembre de 2008, la financiera la comunica a Teté que las cuotas pasan de los 700 € mensuales a 1.000. Ella no puede pagar esa cantidad y se pone en contacto, telefónico, con la financiera, que ya no tiene oficinas ni en Cangas ni en Vigo. En la misma le aseguran que lo que debe de hacer para cancelar la deuda es hacer una “dación de pago”, es decir “entregar los dos pisos y la deuda quedará saldada”. Teté pregunta a los responsables del Santander “¿qué hago hasta que se apruebe esa dación de pago? Y me contestan que nada, que deje de pagar”. Así pasa un año hasta que a finales de 2009, la llaman y le informan de que el banco ha denegado la posibilidad de entrega de ambos pisos para saldar la deuda, que ésta subsiste, que debe 480.000 € y que el banco la demandará por impago.

La demanda le llega en 2010 y, por consejo legal, decide solicitar que se designe un abogado de oficio que lleve su asunto. Dicha solicitud se deniega, el procedimiento sigue su curso y se le notifica que ambas viviendas serán subastadas el 31 de marzo de este año. La subasta queda desierta, y los pisos pasan al banco. Durante los meses de abril y mayo sigue viviendo en su casa, sin recibir notificación alguna, hasta que en junio recibe dos cartas: en la primera el juzgado le comunica que desestima su recurso para que la subasta se anule y que la propiedad de los inmuebles pasa al banco; y una segunda, certificada, que debe pasar a recoger antes de 15 días. Siguiendo las indicaciones de su abogada, deja pasar dicho plazo “que vencía el día 24 del mes pasado” y el día 23 “al salir del trabajo, llego a casa y me encuentro con la sorpresa de que no puedo abrir la puerta de casa”.

Denuncia el hecho en la Guardia Civil, presenta una reclamación en el juzgado y recoge la carta, que se trata de la orden de desahucio. “Todo lo que tengo está dentro del piso muebles, ropa, dinero, las cosas de la niña, documentos…y encima no puedo alquilar otro piso”, asegura, al tiempo que indica que el banco le ha informado que, además de quedarse con los dos pisos “tengo una deuda pendiente de 100.000 € más…para pagarla me embargarán mensualmente unos 400 € de la nómina, por lo que tendré que estar pagando hasta los sesenta y tantos…eso sin contar con que ahora no tengo donde vivir, estoy sin ropa, sin muebles, sin documentos y en casa de unos amigos y pendiente de que el juzgado fije un día para que me abran y poder entrar a por mis cosas”.

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