El Lector

Derecho a la información

JOSÉ MANUEL PENA/ ‘Los trapos sucios se lavan en casa’ es un argumento demasiado habitual esgrimido por parte de dirigentes, responsables y miembros directivos de organismos, entidades o asociaciones que desean poner límites al Derecho a la Información, contemplado como uno de los pilares del Estado de Derecho y como un Derecho Fundamental,  reconocido así en la propia Constitución española.

El artículo 20 de la Constitución establece que “se reconocen y protegen los derechos:  a expresar y difundir libremente los pensamientos, ideas u opiniones …, así como a recibir libremente información veraz por cualquier medio de difusión”. Este derecho, muy a menudo  -más de lo que sería menester-, es violado sistemáticamente por muchas entidades privadas, impidiendo el acceso a los medios de comunicación (radio, prensa, televisión…) a los locales sociales cuando se celebran asambleas ordinarias o extraordinarias abiertas a todos los socios o miembros de esas entidades. Luego se limitan a pasar el correspondiente comunicado o a ofrecer la rueda de prensa de rigor.

La mayoría de ciudadanos queremos total transparencia informativa para todas las entidades, sean privadas o públicas,  las primeras también reciben fondos públicos, a través de subvenciones o ayudas económicas para proyectar y desarrollar sus actividades o adquirir parte de su patrimonio. A estas alturas no se puede consentir que se trate de ocultar la realidad que viven algunas entidades, cuando hay conflictos internos, elecciones de miembros directivos o cualquier otra situación extraordinaria. Para eso están los medios de comunicación: para plasmar la realidad de manera objetiva, guste o no guste a las personas o colectivos sobre los que se informe; pues poniendo límites a la libertad de información y al derecho a la misma difícilmente se podría ejercer el control tan necesario de los ciudadanos sobre la gestión pública de esas entidades.

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