Galicia

El BOE publica la cuota del cerco: Galicia, 153 buques, 24,8%, Euskadi, 69 barcos, 48,11%

El Boletín Oficial del Estado (BOE) publica este martes la orden que establece el plan de gestión para los buques de los censos del caladero nacional del Cantábrico y Noroeste, que entrará en vigor este miércoles.

Dicha publicación coincide con la reunión prevista entre la conselleira do Mar y representantes del cerco sector del cerco en Galicia y confirma los porcentajes de caballa y jurel que corresponden a los buques de cada provincia, en aplicación de los criterios de la Ley 3/2001, de 26 de marzo, de Pesca Marítima del Estado.

Así, pese a las protestas protagonizadas en las últimas semanas por la mayoría de la flota gallega y asturiana, la distribución en base a los criterios pactados en diciembre  deja al cerco de Galicia, con 153 buques, con un 24,86% de las posibilidades de pesca de caballa -por provincias, el Ministerio de Agricultura asigna un 15,11% de esta cuota a A Coruña, un 2,19% a Lugo y un 7,57% a Pontevedra- lo que supone 3.406 toneladas de caballa para este ejercicio de 2014.

A Cantabria, con 44 barcos, le corresponde un 24,03% del cupo, a País Vasco -con 69- un 48,11% y a Asturias -con 11-, un 3%.

Para el jurel en la zona VIII C, a Galicia le toca casi un 38% -un 25,82% A Coruña, 7,16% Lugo y 4,96% Pontevedra-, Cantabria se queda con un 36,62%, País Vasco con más de un 21% y Asturias, con un 4,04%.

La zona IX A es prácticamente en su totalidad para la flota gallega: A Coruña, 50,77%; Pontevedra, 46,56% y Lugo 0,31%. Por último, en la zona VIII B, a Cantabria se le adjudica un 31,28% de la cuota de jurel, a Galicia casi un 12,5% -A Coruña 9,20%,  Lugo 0,38% y Pontevedra 2,90%-, al País Vasco más de un 52,5% y a Asturias, un 3,71%.

La orden indica que la gestión de las posibilidades de pesca de caballa y jurel repartidas individualmente por buque de la modalidad de cerco del Cantábrico y Noroeste se podrá realizar de forma individual –“se les asignará la cuota que les corresponda según las claves de reparto o alternativamente según los criterios propuestos por las entidades representativas del sector, dentro de los límites de la cuota de que disponen”– o, “en caso de no optar por la gestión individual, las cuotas de los buques serán sumadas por las asociaciones o federaciones provinciales correspondientes para su gestión conjunta”.

Se publicará las cuotas que correspondan a cada buque o asociación o federación provincial, “en su caso. Una vez que la pesquería dé comienzo, durante el año en cuestión, no se permitirán nuevas altas de buques que se quieran acoger a la gestión conjunta ni bajas de ningún buque ya acogido”, agrega.

En cuanto al volumen de capturas y desembarques, las embarcaciones que realicen pesquerías de cerco “se atendrán en el volumen de sus capturas y desembarques, por día natural, a un límite máximo de 10.000 kilogramos día para la anchoa y, para el jurel y la caballa, “las embarcaciones que ejerciten la pesca de cerco se atendrán a desembarques diarios o semanales según los límites máximos que se puedan establecer, una vez oído el sector, mediante regla de extensión que será aprobada mediante orden ministerial, respetando en todo caso los Totales Admisibles de Capturas (TAC) y cuotas establecidos”.

La orden añade una disposición transitoria sobre la distribución de las cuotas de caballa para las flotas de cerco durante los años 2014 y 2015. Señala que para los años 2014 y 2015 los porcentajes serán del 25,25% para Cantabria, 20% para Galicia (A Coruña 7,90%, Lugo 6,63%, Pontevedra 5,47%), un 39,53% para País Vasco y un 15,24% para Asturias.

 

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