Destacados

Los comentarios del secretario general del SUP en Twitter podrían ser constitutivos de delito

La Fiscalía no ha tomado medida alguna, hasta el momento, contra el secretario general del Sindicato Unificado de Policía (SUP), quien ayer, en Twitter no solo podría haber amparado sino animado a la realización de dos actos ilegales, algo de especial gravedad cuando se trata de un funcionario perteneciente a los Cuerpos de Seguridad.

José Manuel Sánchez Fornet escribió, durante los incidentes que se produjeron en la concentración de ‘Rodea el Congreso’, “para los de las identificaciones: no las llevan y apoyamos que no las lleven ante organizaciones violentas. Leña y punto“. En este párrafo el responsable del SUP, aplaude y sostiene que los agentes de la Policía oculten su número de placa, cuando, de acuerdo con la ley, en primer lugar y, segundo, con una instrucción de la Secretaría de Estado de Seguridad del Ministerio del Interior, la misma “debe de ir colocada en lugar bien visible y de forma que a la denominada distancia de respeto (un metro y veinte centímetros aproximadamente) puedan ser leídos sin dificultad por los ciudadanos”.

En la concentración de este martes, los miembros de la UIP, los conocidos antidisturbios, no dejaban ver dicho número de placa, algo que fue justificado por la delegada del Gobierno en Madrid indicando que llevaban puestas las defensas y que por lo tanto ocultan la ID (identificación) tras el chaleco antitrauma. Sin embargo, dicho argumento no es válido para los agentes que no portaban dichas defensas y, menos aún, para aquellos que habían tapado, a propósito, la misma para evitar ser identificados.

Además de ello, con la expresión “leña y punto”, que Sánchez Fornet repite, más adelante en sus Twitter, también incitaría a la comisión de un acto delictivo puesto que, de acuerdo con la legislación nacional vigente y la normativa internacional, suscrita por España, la Policía debe “defender el derecho de quienes quieren manifestarse pacíficamente y su seguridad”, además del principio de proporcionalidad, contemplado en la normativa y que especifica que “la fuerza debe de utilizarse solo en el grado mínimo necesario: debe evitarse el empleo de la fuerza para dispersar reuniones ilícitas pero no violentas y, si ello fuera impracticable, la fuerza se limitará al mínimo necesario”.

Por su parte el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, suscrito por la Unión Europea y todos sus estados miembros especifica, “las reuniones pacíficas para protestar o exigir algo son parte sustancial de la actividad democrática. La acción policial orientada a los derechos humanos exige que se respete este derecho”.

 

También te puede interesar