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El Valedor deja de investigar las oposiciones al Concello de 2008 pero señala irregularidades

La decisión ha sido adoptada por la oficina del Valedor de o Pobo, después de que el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de Vigo haya admitido a trámite un recurso por supuestas irregularidades cometidas por Concello en la oferta pública de empleo de 2008.

Según consta en la demanda presentada por Comisiones Obreras, se impugna el nombramiento de los miembros de los tribunales cuyos miembros “vulneran” la ley puesto que están vinculados a diferentes sindicatos, “en concreto son delegados electos de los sindicatos más representativos y miembros de las secciones sindicales” de los mismos; y que se detecta la “ausencia de cumplimiento de los requisitos de especificidad técnica en la mayoría de los representantes sindicales designados en los órganos de selección”. CCOO esgrime el Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP) que en su artículo 60 especifica que “la pertenencia a los órganos de selección será siempre a título individual, no pudiendo ostentarse en representación o por cuenta de nadie”; y el artículo 127 de la Ley de Bases de Régimen Local que dice, “la composición de los tribunales de oposiciones será predominantemente técnica, debiendo poseer todos sus miembros un nivel de titulación igual o superior al exigido para el ingreso en las plazas convocadas”.

Pese a que el asunto ha pasado a ser competencia judicial, el Valedor  no ha renunciado a comunicar a los reclamantes los aspectos que quedaron pendientes de informe por parte del gobierno local: la repercusión que pudo tener la actuación de 15 miembros de los tribunales que finalmente decidieron renunciar, la falta de anonimato en la entrega de los exámenes o la inadecuada selección de preguntas.

Además, Benigno López tampoco ha recibido explicación por parte del Concello de Vigo sobre porqué no se ha investigado el hecho de que los opositores con notas muy altas originariamente respondiesen bien a preguntas anuladas, eso sí, con respuestas que, como subraya el Valedor,  después resultaron erróneas.

El juez, que verá esta misma semana este asunto, tendrá a su disposición un informe jurídico del propio Concello, que la jefa del servicio de Recursos Humanos entrega al concelleiro de Xestión Municipal, Carlos López Font, el 6 de octubre de 2011, dos días después de iniciados los exámenes, en el que se dice, textualmente, “debe concluirse que existe una dúda jurídica razonable al respecto de la participación en los órganos de selección de aquellos empleados públicos que reúnan las condiciones citadas (ostentar condición de delegado sindical a tiempo parcial o total, o bien la condición de de representante sindical no electo que haya sido designado como tal por los órganos de representación de personal normativamente previstos) después de las elecciones sindicales correspondientes al período 2011-2015”.

 

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