Galicia

No habrá fotos en Meirás, pero sí visita

La familia Franco ha ganado un pequeño asalto. El Tribunal Supremo ha estimado de forma parcial el recurso de casación presentado por Carmen Franco Polo y ha suspendido el reportaje fotográfico completo que se tenía previsto realizar en el Pazo de Meirás, aunque mantiene la petición de la Xunta de Galicia para realizar una visita para comprobar el estado del edificio y su entorno y poder constatar su estado de conservación.

La sentencia, del 9 de octubre, señala que este reportaje gráfico constituiría “una generalidad incompatible con la protección del derecho a la intimidad y el interés público y general inherente a la necesidad de proteger el Patrimonio Cultural de Galicia”, ley por encima de la que está el artículo 18.1 de la Constitución, que garantiza el derecho a la intimidad personal y familiar y la inviolabilidad domiciliaria. Por eso se hace necesario delimitar qué partes del edificio es imprescindible fotografiar tras la comprobación de su estado de conservación.

Sin embargo, el Supremo da la razón a la Xunta y mantiene la visita porque la argumentación de la propietaria no especifica ninguna norma de la medida cautelar quebrantada ni “invoca la vulneración de norma que rijan las garantías procesales”. Aunque, eso sí, para la visita habrá que delimitar por vía judicial la fecha de entrada, la duración y el tiempo que puede llevarse a cabo.

El Pazo de Meirás ha conseguido la denominación de Bien de Interés Cultural, por lo que debe abrirse al público cuatro días al mes, algo con lo que la familia Franco no está de acuerdo y contra la que había presentado un recurso de súplica para la suspensión cautelar de esta declaración.

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